A pesar de los alegatos formulados por el solicitante, la Comisión ha llegado a la conclusión de que no puede excluirse un riesgo para las abejas derivado de los usos al aire libre del sulfoxaflor. Por consiguiente, es necesario y adecuado restringir la aprobación del sulfoxaflor para usos únicamente en invernaderos permanentes.
Los Estados miembros deberán retirar o modificar, según corresponda, las autorizaciones vigentes de productos fitosanitarios que contengan la sustancia activa sulfoxaflor a más tardar el 19 de noviembre de 2022. Todo período de gracia concedido por los Estados miembros debe expirar, a más tardar, el 19 de mayo de 2023.