Se procede a renovar la aprobación de bifenazate restringiendo el uso a cultivos no comestibles en invernaderos permanentes.
La restricción del uso a cultivos no comestibles excluirá la exposición de los consumidores a través de la alimentación, y resulta necesaria debido a que la evaluación del riesgo para los consumidores no pudo finalizarse.
Dado que se detectó un riesgo elevado para las aves en caso de exposición a largo plazo, un riesgo elevado para los mamíferos con respecto a algunos usos representativos y un elevado riesgo crónico para las abejas, la restricción de uso exclusivamente a invernaderos evitará la exposición de esos organismo, así como su presencia en el agua potable.
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación y será aplicable a partir del 1 de julio de 2022.